OPOSICIÓ
EL PP DE OLIVA EXIGE AL GOBIERNO DE PROJECTE Y UCÍN QUE DEJE DE HACER CONTRATOS ILEGALES
Salazar (PP): "El expediente impone marcas y modelos concretos, por lo que restringe gravemente la competencia"
El portavoz popular recuerda que el informe 59 de Secretaría ya ha alertado de posibles responsabilidades personales, contables y penales por prácticas del gobierno local
El portavoz del Partido Popular de Oliva, Germán Salazar, ha denunciado públicamente una práctica “ilegal y contraria a la normativa vigente” en un contrato menor impulsado por el gobierno municipal de Yolanda Pastor (PRO-UCIN), exigiendo su corrección inmediata por vulnerar la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP).
Salazar afirma que el expediente presenta graves irregularidades al incluir exigencias técnicas de forma que no se ajustan a la legalidad, lo que obliga, a su juicio, a una rectificación urgente para garantizar el cumplimiento de la normativa y la igualdad entre empresas. Imposición de marcas concretas y restricción de la competencia.
El portavoz popular denuncia que en la memoria técnica del contrato de retransmisión de eventos municipales “se imponen marcas y modelos concretos de equipos audiovisuales, como cámaras Sony PXW-X160-ES y PXW-Z200 o mesas de sonido MIDAS, sin incluir la obligatoria referencia a ‘o equivalente’ ni justificar técnicamente dicha exigencia, hecho que vulnera flagrantemente la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en su artículo 126.6”.
Dicho precepto reza lo siguiente: “Salvo que lo justifique el objeto del contrato, las prescripciones técnicas no harán referencia a una fabricación o una procedencia determinada, o a un procedimiento concreto que caracterice a los productos o servicios ofrecidos por un empresario determinado, o a marcas, patentes o tipos, o a un origen o a una producción determinados, con la finalidad de favorecer o descartar ciertas empresas o ciertos productos.
Tal referencia se autorizará, con carácter excepcional, en el caso en que no sea posible hacer una descripción lo bastante precisa e inteligible del objeto del contrato en aplicación del apartado 5, en cuyo caso irá acompañada de la mención «o equivalente».”
Según explica, esta práctica restringe de forma clara la competencia, vulnera el principio de igualdad y supone en la práctica una definición previa del posible adjudicatario, al limitar la participación a operadores que disponen exactamente de ese equipamiento.
También ha destacado que “este precepto es de aplicabilidad a los contratos del 118 LCSP porque no refiere únicamente a los contratos sujetos a licitación, sino también a demás adjudicaciones, al remitirse el 126 LCSP al texto del artículo 124 de la misma ley”.
“Cuando se fijan productos concretos del mercado en lugar de definir las prestaciones del servicio, se está cerrando el contrato a una o muy pocas empresas. Eso es un procedimiento dirigido”, ha señalado. Una forma correcta de contratar: definir el servicio, no el proveedor.
Salazar ha subrayado que “la forma correcta de redactar este tipo de contratos no es imponiendo marcas comerciales, sino definiendo las prestaciones técnicas del servicio”. “Lo que se debe exigir es el resultado: por ejemplo, una retransmisión en 4K, un número determinado de cámaras, unas condiciones de realización o calidad de audio concretas.
A partir de ahí, cualquier empresa que pueda cumplir esos estándares debe poder concurrir en igualdad de condiciones”, ha indicado. “Eso es lo que exige la ley: definir el servicio, no el proveedor”, ha concluido. 59 informes que evidencian una gestión irregular sistemática. El portavoz popular ha vinculado este caso con el reciente informe de Secretaría nº 59, que pone de manifiesto una problemática estructural en la contratación del Ayuntamiento de Oliva.
“Este contrato no es un caso aislado, sino que se enmarca en una forma de gestión que ya ha sido advertida en 59 informes de Secretaría, siendo el último el que pone de manifiesto el uso reiterado de gastos sin contrato y el incumplimiento grave de la normativa de contratación pública, responsabilidades personales, contables y penales por abuso de una falsa urgente necesidad”, ha afirmado.
Salazar ha recordado que dichos informes alertan de un volumen millonario de gastos realizados sin el correspondiente expediente de contratación, así como de la utilización reiterada de procedimientos irregulares para su posterior reconocimiento.
De adjudicar sin contrato a redactar contratos irregulares En este sentido, el portavoz del PP ha sido contundente: “Hasta ahora no se redactaban muchos de los contratos y se incumplía la ley. Ahora que se redactan, se sigue incumpliendo mediante procedimientos dirigidos y restrictivos de la competencia. El problema no se ha solucionado, se ha transformado”.
Salazar señala directamente como responsables políticos de este procedimiento al concejal de Comunicación, Mario Vidal, y al concejal de Contratación, Joan Mata, a quienes insta a actuar de forma inmediata y legal. “Estamos ante un ejemplo claro de cómo no se debe gestionar la contratación pública. No se define el servicio en términos técnicos objetivos, sino que se fijan productos concretos del mercado, lo que es contrario a la ley y a los principios más básicos de transparencia y libre concurrencia. Lo que vulgarmente se suele calificar como un traje a medida”, ha afirmado.
Exigencia de legalidad y transparencia ante solo 3 días de plazo
Por todo ello, el Partido Popular de Oliva exige al gobierno de PRO-UCIN la revisión inmediata del expediente y la corrección de esta práctica ilegal, adoptando criterios técnicos objetivos y ajustados a la legalidad vigente.
“Además, no es aceptable que se lance con apenas tres días de plazo, desde la firma del 4 de mayo hasta su adjudicación para el 7 de mayo, para así retransmitir el día 8 de mayo uno de los eventos, premura que constata la poca planificación y voluntad de pretender ampliar la participación en esta adjudicación”, ha señalado Salazar, que ha concluido diciendo que “el dinero de todos los vecinos debe gestionarse con rigor, transparencia y respeto a la ley, con lo que desde el Partido Popular.

El portavoz popular recuerda que el informe 59 de Secretaría ya ha alertado de posibles responsabilidades personales, contables y penales por prácticas del gobierno local
El portavoz del Partido Popular de Oliva, Germán Salazar, ha denunciado públicamente una práctica “ilegal y contraria a la normativa vigente” en un contrato menor impulsado por el gobierno municipal de Yolanda Pastor (PRO-UCIN), exigiendo su corrección inmediata por vulnerar la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP).
Salazar afirma que el expediente presenta graves irregularidades al incluir exigencias técnicas de forma que no se ajustan a la legalidad, lo que obliga, a su juicio, a una rectificación urgente para garantizar el cumplimiento de la normativa y la igualdad entre empresas. Imposición de marcas concretas y restricción de la competencia.
El portavoz popular denuncia que en la memoria técnica del contrato de retransmisión de eventos municipales “se imponen marcas y modelos concretos de equipos audiovisuales, como cámaras Sony PXW-X160-ES y PXW-Z200 o mesas de sonido MIDAS, sin incluir la obligatoria referencia a ‘o equivalente’ ni justificar técnicamente dicha exigencia, hecho que vulnera flagrantemente la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en su artículo 126.6”.
Dicho precepto reza lo siguiente: “Salvo que lo justifique el objeto del contrato, las prescripciones técnicas no harán referencia a una fabricación o una procedencia determinada, o a un procedimiento concreto que caracterice a los productos o servicios ofrecidos por un empresario determinado, o a marcas, patentes o tipos, o a un origen o a una producción determinados, con la finalidad de favorecer o descartar ciertas empresas o ciertos productos.
Tal referencia se autorizará, con carácter excepcional, en el caso en que no sea posible hacer una descripción lo bastante precisa e inteligible del objeto del contrato en aplicación del apartado 5, en cuyo caso irá acompañada de la mención «o equivalente».”
Según explica, esta práctica restringe de forma clara la competencia, vulnera el principio de igualdad y supone en la práctica una definición previa del posible adjudicatario, al limitar la participación a operadores que disponen exactamente de ese equipamiento.
También ha destacado que “este precepto es de aplicabilidad a los contratos del 118 LCSP porque no refiere únicamente a los contratos sujetos a licitación, sino también a demás adjudicaciones, al remitirse el 126 LCSP al texto del artículo 124 de la misma ley”.
“Cuando se fijan productos concretos del mercado en lugar de definir las prestaciones del servicio, se está cerrando el contrato a una o muy pocas empresas. Eso es un procedimiento dirigido”, ha señalado. Una forma correcta de contratar: definir el servicio, no el proveedor.
Salazar ha subrayado que “la forma correcta de redactar este tipo de contratos no es imponiendo marcas comerciales, sino definiendo las prestaciones técnicas del servicio”. “Lo que se debe exigir es el resultado: por ejemplo, una retransmisión en 4K, un número determinado de cámaras, unas condiciones de realización o calidad de audio concretas.
A partir de ahí, cualquier empresa que pueda cumplir esos estándares debe poder concurrir en igualdad de condiciones”, ha indicado. “Eso es lo que exige la ley: definir el servicio, no el proveedor”, ha concluido. 59 informes que evidencian una gestión irregular sistemática. El portavoz popular ha vinculado este caso con el reciente informe de Secretaría nº 59, que pone de manifiesto una problemática estructural en la contratación del Ayuntamiento de Oliva.
“Este contrato no es un caso aislado, sino que se enmarca en una forma de gestión que ya ha sido advertida en 59 informes de Secretaría, siendo el último el que pone de manifiesto el uso reiterado de gastos sin contrato y el incumplimiento grave de la normativa de contratación pública, responsabilidades personales, contables y penales por abuso de una falsa urgente necesidad”, ha afirmado.
Salazar ha recordado que dichos informes alertan de un volumen millonario de gastos realizados sin el correspondiente expediente de contratación, así como de la utilización reiterada de procedimientos irregulares para su posterior reconocimiento.
De adjudicar sin contrato a redactar contratos irregulares En este sentido, el portavoz del PP ha sido contundente: “Hasta ahora no se redactaban muchos de los contratos y se incumplía la ley. Ahora que se redactan, se sigue incumpliendo mediante procedimientos dirigidos y restrictivos de la competencia. El problema no se ha solucionado, se ha transformado”.
Salazar señala directamente como responsables políticos de este procedimiento al concejal de Comunicación, Mario Vidal, y al concejal de Contratación, Joan Mata, a quienes insta a actuar de forma inmediata y legal. “Estamos ante un ejemplo claro de cómo no se debe gestionar la contratación pública. No se define el servicio en términos técnicos objetivos, sino que se fijan productos concretos del mercado, lo que es contrario a la ley y a los principios más básicos de transparencia y libre concurrencia. Lo que vulgarmente se suele calificar como un traje a medida”, ha afirmado.
Exigencia de legalidad y transparencia ante solo 3 días de plazo
Por todo ello, el Partido Popular de Oliva exige al gobierno de PRO-UCIN la revisión inmediata del expediente y la corrección de esta práctica ilegal, adoptando criterios técnicos objetivos y ajustados a la legalidad vigente.
“Además, no es aceptable que se lance con apenas tres días de plazo, desde la firma del 4 de mayo hasta su adjudicación para el 7 de mayo, para así retransmitir el día 8 de mayo uno de los eventos, premura que constata la poca planificación y voluntad de pretender ampliar la participación en esta adjudicación”, ha señalado Salazar, que ha concluido diciendo que “el dinero de todos los vecinos debe gestionarse con rigor, transparencia y respeto a la ley, con lo que desde el Partido Popular.












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