Este jueves finaliza el plazo para solicitar el voto por correo
Se puede pedir solicitar de manera telématica desde la web de Correos o presencialmente en cualquier oficina.
Este jueves, 18 de mayo, finaliza el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales que se celebrarán el 28 de mayo de 2023. Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, los interesados deben acreditar su identidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e). Además, la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España.
Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
Una vez recibida la documentación electoral, el depósito del voto se podrá realizar en cualquier oficina de Correos, en su horario de apertura habitual, hasta el día 24 de mayo.
Correos está poniendo todos los recursos tecnológicos, logísticos y humanos necesarios para garantizar el cumplimiento de los compromisos que le son encomendados en los procesos electorales. Se han realizado 2.500 contratos de refuerzo, tanto para agilizar la atención en oficinas como para el reparto de envíos y las tareas necesarias en los centros logísticos.
Este jueves, 18 de mayo, finaliza el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales que se celebrarán el 28 de mayo de 2023. Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, los interesados deben acreditar su identidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e). Además, la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España.
Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
Una vez recibida la documentación electoral, el depósito del voto se podrá realizar en cualquier oficina de Correos, en su horario de apertura habitual, hasta el día 24 de mayo.
Correos está poniendo todos los recursos tecnológicos, logísticos y humanos necesarios para garantizar el cumplimiento de los compromisos que le son encomendados en los procesos electorales. Se han realizado 2.500 contratos de refuerzo, tanto para agilizar la atención en oficinas como para el reparto de envíos y las tareas necesarias en los centros logísticos.










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