Estos son los días de apertura del comercio en domingos y festivos de 2023
Los domingos y festivos se consideran no laborables con carácter general, pero se establece la apertura por coincidencia de días festivos, periodos tradicionales de rebajas, gran afluencia turística o la campaña de Navidad.
![[Img #66912]](https://saforguia.com/upload/images/11_2022/3006__ao_8965-copia.jpg)
El Observatorio de Comercio Valenciano ha aprobado los 11 días en los que se permitirá la apertura de los establecimientos comerciales en domingos y festivos para el año 2023. Según la Ley del Comercio de la Comunitat Valenciana los domingos y festivos se consideran no laborables con carácter general, pero cada año se habilitarán hasta un máximo de 11 domingos o festivos en los que los establecimientos podrán permanecer abiertos al público para desarrollar su actividad comercial.
El motivo para establecer la apertura en un domingo o día festivo es principalmente alguno de los siguientes: cuando se produzca la coincidencia de dos o más festivos continuados, la apertura de los primeros domingos de los períodos tradicionales de rebajas (el primer domingo posterior al 6 de enero y el primer domingo de julio), la apertura los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la Comunitat Valenciana, y la apertura los domingos o festivos de la campaña de Navidad, que comprenderá desde el domingo posterior al cuarto jueves de noviembre al 24 de diciembre, y la de Reyes, que comprenderá del 26 de diciembre al 5 de enero.
Calendario comercial 2023
Los 11 días festivos y domingos hábiles acordados para la apertura comercial en 2023 son:
8 de enero (por periodo tradicional de rebajas)
7 de abril Viernes Santo (por afluencia turística)
9 de abril domingo (por coincidencia de dos o más días festivos, porque el 10 de abril es lunes de Pascua)
30 de abril domingo (por coincidencia de dos o más días festivos porque el 1 de mayo lunes es el día del trabajador)
24 de junio - San Juan
2 de julio, domingo (por periodo tradicional de rebajas)
8 de octubre domingo (por coincidencia de dos o más días festivos, porque el 9 de octubre lunes es el día de la Comunitat Valenciana)
26 de noviembre (por la Campaña de Navidad y Reyes)
8 de diciembre (por la Campaña de Navidad y Reyes)
24 de diciembre domingo (por coincidencia de dos o más días festivos, porque el 25 de diciembre lunes es Navidad).
31 de diciembre (por la Campaña de Navidad y Reyes)
Apertura adicional para las ZGAT
Además de los domingos y festivos habilitados con carácter general, la Ley 3/2018, de 16 de febrero, de la Generalitat establece periodos de apertura adicionales en aquellos municipios con zonas de gran afluencia turística declarada. Así, las zonas de gran afluencia turística que tengan declarado un periodo estacional correspondiente a la Semana Santa y Pascua o en el periodo estival, podrán abrir al público en los siguientes periodos:
1. Semana Santa-Pascua y verano
a) Los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el 1 de mayo, en su caso.
b) Los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
2. Semana Santa-Pascua y de verano a Navidad-Reyes
a) Los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el 1 de mayo, en su caso.
b) Los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 5 de enero, excepto el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.
3. València y Alicante
Pueden abrir al público en los siguientes períodos, además de los domingos y festivos que se habiliten con carácter general:
a) Los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el lunes de Pascua y el 1 de mayo.
b) Los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 5 de enero, excepto, en el caso de Alicante: el 24 de junio, el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.
En el caso de Valencia, el 19 de marzo, el 15 de agosto, el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.
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El Observatorio de Comercio Valenciano ha aprobado los 11 días en los que se permitirá la apertura de los establecimientos comerciales en domingos y festivos para el año 2023. Según la Ley del Comercio de la Comunitat Valenciana los domingos y festivos se consideran no laborables con carácter general, pero cada año se habilitarán hasta un máximo de 11 domingos o festivos en los que los establecimientos podrán permanecer abiertos al público para desarrollar su actividad comercial.
El motivo para establecer la apertura en un domingo o día festivo es principalmente alguno de los siguientes: cuando se produzca la coincidencia de dos o más festivos continuados, la apertura de los primeros domingos de los períodos tradicionales de rebajas (el primer domingo posterior al 6 de enero y el primer domingo de julio), la apertura los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la Comunitat Valenciana, y la apertura los domingos o festivos de la campaña de Navidad, que comprenderá desde el domingo posterior al cuarto jueves de noviembre al 24 de diciembre, y la de Reyes, que comprenderá del 26 de diciembre al 5 de enero.
Calendario comercial 2023
Los 11 días festivos y domingos hábiles acordados para la apertura comercial en 2023 son:
8 de enero (por periodo tradicional de rebajas)
7 de abril Viernes Santo (por afluencia turística)
9 de abril domingo (por coincidencia de dos o más días festivos, porque el 10 de abril es lunes de Pascua)
30 de abril domingo (por coincidencia de dos o más días festivos porque el 1 de mayo lunes es el día del trabajador)
24 de junio - San Juan
2 de julio, domingo (por periodo tradicional de rebajas)
8 de octubre domingo (por coincidencia de dos o más días festivos, porque el 9 de octubre lunes es el día de la Comunitat Valenciana)
26 de noviembre (por la Campaña de Navidad y Reyes)
8 de diciembre (por la Campaña de Navidad y Reyes)
24 de diciembre domingo (por coincidencia de dos o más días festivos, porque el 25 de diciembre lunes es Navidad).
31 de diciembre (por la Campaña de Navidad y Reyes)
Apertura adicional para las ZGAT
Además de los domingos y festivos habilitados con carácter general, la Ley 3/2018, de 16 de febrero, de la Generalitat establece periodos de apertura adicionales en aquellos municipios con zonas de gran afluencia turística declarada. Así, las zonas de gran afluencia turística que tengan declarado un periodo estacional correspondiente a la Semana Santa y Pascua o en el periodo estival, podrán abrir al público en los siguientes periodos:
1. Semana Santa-Pascua y verano
a) Los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el 1 de mayo, en su caso.
b) Los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
2. Semana Santa-Pascua y de verano a Navidad-Reyes
a) Los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el 1 de mayo, en su caso.
b) Los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 5 de enero, excepto el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.
3. València y Alicante
Pueden abrir al público en los siguientes períodos, además de los domingos y festivos que se habiliten con carácter general:
a) Los domingos y festivos del período comprendido entre el Domingo de Ramos y el segundo domingo de Pascua, salvo el lunes de Pascua y el 1 de mayo.
b) Los domingos y festivos del período comprendido entre el 15 de junio y el 5 de enero, excepto, en el caso de Alicante: el 24 de junio, el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.
En el caso de Valencia, el 19 de marzo, el 15 de agosto, el 9 de octubre, el 25 de diciembre, y el 1 de enero.








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