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Viernes, 14 de Octubre de 2022

Bellreguard financiará el 100% del coste de la vacuna contra la meningitis B para la población infantil

La Junta de Gobierno Local aprueba las bases para que optar a las ayudas a la vacunación en este año.

[Img #65905]El Ayuntamiento de Bellreguard subvencionará la adquisición y administración de la vacuna Bexsero a niños y niñas empadronados en el pueblo. A tal efecto, la Junta de Gobierno Local dio vía libre a la convocatoria y las bases que regirán el otorgamiento de las ayudas, que serán de 106,5 euros por dos dosis por menor nacido, adoptado o acogido legalmente durante más de seis meses.

 

Bexsero es el nombre comercial de la vacuna que protege de la meningitis tipo B, un inyectable altamente aconsejado para la población infantil a partir de dos meses de vida. La subvención que ahora impulsa el Consistorio cubre el 100% de su adquisición y administración, de modo que “la vacunación no supondrá coste alguno para los beneficiarios de la ayuda, ya que el importe de la ayuda es exactamente el actual precio de la vacuna en la farmacia”, recalcó el alcalde, Joan Marco.

 

La concejala de Sanidad, Sandra Gadea, recordó que la ley de Régimen Jurídico de la Comunidad Valenciana otorga a los ayuntamientos competencias en participación en la gestión de la atención primaria de la salud, por lo que en el Consistorio “hemos decidido lanzar estas ayudas, pues proteger a nuestra población de enfermedades peligrosas como la meningitis B es una prioridad para el Gobierno de Bellreguard”.

 

Toda la información necesaria para optar a las ayudas está ya expuesta en la sección Tablón de Anuncios de la web del Ayuntamiento de Bellreguard, en el enlace: https://bellreguard.sedelectronica.es/board. Las ayudas podrán solicitarse a partir de mañana, sábado 15 de octubre y hasta el 31 de diciembre. 

 

Requisitos 

Para beneficiarse de ellas, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos: ser español o extranjero residente legal en territorio español; estar empadronados en Bellreguard tanto al menor como a los miembros de la unidad familiar, al menos 6 meses antes de la solicitud; no haber sido privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública; haberse producido el nacimiento, adopción o acogimiento del menor dentro del año 2022; no haber sido solicitada por otro miembro de la misma unidad familiar o por el otro progenitor, adoptante o acogedor; en caso de separación o divorcio, quien tenga la guarda y custodia; y no tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Bellreguard, en la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.

 

Con la solicitud se deberá aportar copia del documento acreditativo de la patria potestad o acogimiento del menor, declaración responsable y hoja de mantenimiento de terceros en modelo normalizado (datos bancarios).

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