El Tribunal Supremo falla a favor del Pativel y garantiza la protección del litoral del Consell
El alto tribunal deja sin efecto una sentencia del TSJCV que anulaba el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del litoral por motivos de forma.
![[Img #60629]](https://saforguia.com/upload/images/05_2022/8815_279347532_361542376009851_4760117764025229190_n.jpg)
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por la Abogacía de la Generalitat y ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anulaba el Pativel, el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (Pativel). El Supremo rechaza los argumentos esgrimidos por la recurrente, la Inmobiliaria El Paraíso SL de Benidorm. Por tanto, la norma que protege la costa valenciana vuelve a estar en vigor.
El Supremo apoya a la Generalitat y demuestra que la inexistencia de los defectos estrictamente formales que le atribuía el TSJCV: no contener un estudio económico-financiero; omitir informes de género, familia e infancia; y ausencia de alternativas en la evaluación ambiental estratégica.
La sentencia considera que el análisis del impacto del plan sobre el género, la familia, la infancia y la adolescencia sí que se llevó a cabo, y el ser "neutros" en la escala del plan no significa que fueran inexistentes. Y la evaluación ambiental fue rigurosa y correcta.
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El Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por la Abogacía de la Generalitat y ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anulaba el Pativel, el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (Pativel). El Supremo rechaza los argumentos esgrimidos por la recurrente, la Inmobiliaria El Paraíso SL de Benidorm. Por tanto, la norma que protege la costa valenciana vuelve a estar en vigor.
El Supremo apoya a la Generalitat y demuestra que la inexistencia de los defectos estrictamente formales que le atribuía el TSJCV: no contener un estudio económico-financiero; omitir informes de género, familia e infancia; y ausencia de alternativas en la evaluación ambiental estratégica.
La sentencia considera que el análisis del impacto del plan sobre el género, la familia, la infancia y la adolescencia sí que se llevó a cabo, y el ser "neutros" en la escala del plan no significa que fueran inexistentes. Y la evaluación ambiental fue rigurosa y correcta.









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