Oliva deja de cobrar el impuesto de la plusvalía tras la orden del TC a los ayuntamientos
El Gobierno local analiza el agujero económico que provocará la decisión del Constitucional en las previsiones de ingresos municipales.
![[Img #54033]](https://saforguia.com/upload/images/10_2021/9137_oliva-pl-ajuntament.jpg)
El Ayuntamiento de Oliva ha sido de los primeros en comunicar que dejará de girar los recibos del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal. El concejal de Hacienda, Miguel Monzonís, se reunió de urgencia ayer con los técnicos del Departamento de Hacienda, a fin de abordar la situación que ha provocado la decisión del Tribunal Constitucional de declarar inconstitucional algunos artículos de la Ley de Haciendas Locales.
La decisión declara nulo el artículo 107.1, el segundo párrafo, 107.2.a) y 107 .4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y que por tanto afectará a la ciudadanía. Por ello, el Gobierno local ha decidido suspender el recibo de la plusvalía de carácter inmediato para todas aquellas personas que ya han girado el recibo o deban hacerlo en breve. También podrán presentar recurso aquellas personas que hayan dado la vuelta al recibo hace pocos días, para que se les aplique esta medida preventiva.
“Esta medida del Ayuntamiento de Oliva se toma a instancias de la nota simple emitida por el TC, ya la espera de que se pueda analizar la sentencia definitiva sobre el impuesto del incremento del valor de los terrenos, entre otras bases imponibles de este tributo”, señalaron fuentes municipales.
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El Ayuntamiento de Oliva ha sido de los primeros en comunicar que dejará de girar los recibos del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal. El concejal de Hacienda, Miguel Monzonís, se reunió de urgencia ayer con los técnicos del Departamento de Hacienda, a fin de abordar la situación que ha provocado la decisión del Tribunal Constitucional de declarar inconstitucional algunos artículos de la Ley de Haciendas Locales.
La decisión declara nulo el artículo 107.1, el segundo párrafo, 107.2.a) y 107 .4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y que por tanto afectará a la ciudadanía. Por ello, el Gobierno local ha decidido suspender el recibo de la plusvalía de carácter inmediato para todas aquellas personas que ya han girado el recibo o deban hacerlo en breve. También podrán presentar recurso aquellas personas que hayan dado la vuelta al recibo hace pocos días, para que se les aplique esta medida preventiva.
“Esta medida del Ayuntamiento de Oliva se toma a instancias de la nota simple emitida por el TC, ya la espera de que se pueda analizar la sentencia definitiva sobre el impuesto del incremento del valor de los terrenos, entre otras bases imponibles de este tributo”, señalaron fuentes municipales.









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