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Jueves, 20 de Agosto de 2020

La vigilancia y cumplimiento de muchas de las medidas anticovid recaerá en los ayuntamientos

Los ayuntamientos tienen una responsabilidad añadida ante la batería de medidas para prevenir el contagio de coronavirus que se aprobaron en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, y que están aplicando ya muchas autonomías. En el caso de la Comunitat Valenciana entraron en vigor el día 18 de agosto, tendrán una duración de 21 días, y se revisarán pasado ese plazo. Las medidas se refieren a ocio nocturno, hostelería y restauración, eventos masivos, residencias, tabaco y cribados. En lo que respecta al ocio nocturno, en la Comunitat Valenciana se suspende la actividad de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.
En hostelería y restauración, terrazas y bares o restaurantes de playa, se deben asegurar 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. Esta distancia tiene que estar medida entre las personas más próximas de las diferentes mesas o agrupaciones, que deben tener una ocupación máxima de 10 personas.
Por otro lado, los establecimientos y servicios de hostelería y restauración deben cerrar no más tarde de la 01.00 horas. Además, no se pueden consumir productos o bebidas del establecimiento fuera del área limitativa de la terraza, y no se permite el consumo colectivo o en grupo de bebidas en la calle o en espacios públicos.
Se recomienda limitar las reuniones familiares o sociales, en espacios privados, a un máximo de 10 personas. Respecto a eventos y actividades cuya afluencia prevista supere las 400 personas, su organización queda supeditada a autorización previa por parte de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones. Además, se prohíbe fumar en la vía pública o en espacio al aire libre cuando no se puede respetar una distancia mínima interpersonal de al menos 2 metros.
En los centros residenciales se limitarán las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día, a excepción de aquellas personas que se encuentren en proceso del final de la vida.

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