Los técnicos deportivos deberán acreditar que no tienen delitos sexuales para usar las instalaciones de Gandia
El Servicio de Deportes hace un llamamiento para que los implicados vayan realizando los trámites burocráticos oportunos.
![[Img #4397]](upload/img/periodico/img_4397.jpg)
El Ayuntamiento de Gandia, a través del Servicio de Deportes, exigirá a los técnicos de los clubes deportivos que trabajen con menores el cumplimiento de la Ley 26/2015, de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, como condición para poder usar y acceder a las instalaciones deportivas municipales.
Esta norma, en su artículo 12, apartado 8.5, determina que “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos".
A tal efecto, la ley determina que “quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales”.
Por ello, el Ayuntamiento de Gandia hace un llamamiento para que los afectados vayan realizando los trámites oportunos para obtener este certificado.
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El Ayuntamiento de Gandia, a través del Servicio de Deportes, exigirá a los técnicos de los clubes deportivos que trabajen con menores el cumplimiento de la Ley 26/2015, de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, como condición para poder usar y acceder a las instalaciones deportivas municipales.
Esta norma, en su artículo 12, apartado 8.5, determina que “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos".
A tal efecto, la ley determina que “quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales”.
Por ello, el Ayuntamiento de Gandia hace un llamamiento para que los afectados vayan realizando los trámites oportunos para obtener este certificado.









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