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Día Martes, 30 de Junio de 2026
Numerosos centros educativos han encontrado una evidente oportunidad de negocio con la venta en exclusividad de los uniformes escolares que sus alumnos deben vestir para asistir a clase. Un negocio que atenta contra la libre competencia y que perjudica claramente a los consumidores al privarles de la libertad de elección de las calidades de las prendas confeccionadas y de comparar precios al estar obligados a comprar los uniformes "obligatorios" obligatoriamente, valga la redundancia, en el lugar señalado por el colegio donde, en muchos casos, no existe un espacio adecuado para que los niños se puedan probar las prendas.
Cada vez existen más centros escolares que comercializan directamente, a través de ellos o de sus AMPAS, los uniformes obviando la participación de intermediario alguno y perjudicando a los comercios que habitualmente concurrían en igualdad de condiciones a la caza del consumidor de estas prendas.
El modus operandi es el siguiente: en la Oficina Española de Patentes y Marcas, los colegios registran para la "clase 25: Vestidos, Calzados, Sombrerería" los escudos y distintivos con los que personalizan las prendas de los uniformes de sus centros educativos obteniendo con ello una posición de dominio y exclusividad para la comercialización de las prendas escolares y suprimiendo el derecho de los consumidores de elección de calidad y precio de los uniformes y servicio de venta.
Con esta medida, las familias de los alumnos se ven claramente perjudicadas al tener que comprar unos uniformes de uso obligatorio a un mayor precio y una menor calidad en el horario establecido por el centro, normalmente horario escolar, que no suele conciliar con el horario comercial de cualquier establecimiento. Imponiendo desde el principio.
Los padres, además, no tienen libertad para elegir las calidades de las prendas ya que, al no haber competencia, están abocados a comprar uniformes de calidad dudosa o con componentes que no son de su agrado o que por prescripción médica no pueden ser usados por los niños como acrílicos o poliéster.
Evidentemente el uso del uniforme escolar puede ser una medida tendente a ayudar la eliminación de las diferencias sociales en relación a la vestimenta como a la par un negocio económico de los gestores de los colegios o centros educativos.
Sorprendentemente la Comisión Nacional de la Competencia, en los fundamentos de las propuestas de algunas de sus resoluciones, justifica este monopolio de la venta de uniformes señalando que cuando los centros escolares comercializan sus propios uniformes están ofreciendo un servicio dentro del conjunto de servicios que estos prestan incluidos en la oferta que cada colegio decide hacer libremente y que las familias conocen cuando toman la decisión de elegir un centro u otro para matricular a sus hijos. Viene a decir que la decisión de imponer el uso de uniforme y de si éste ha de estar o no personalizado con su respectivo escudo, es una decisión individual de cada colegio en el marco de la libertad de empresa.
Y en ese mercado escolar, los padres eligen centro entre todos los existentes tomando en consideración diferentes factores, entre otros: tipo de centro; ofertas, proximidad, ideario, servicios y uso de uniforme. ¡Inaudito!
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