L’Alqueria de la Comtessa bonifica en el IBI y en el ICIO la instalación de placas fotovoltaicas
La normativa ya está en vigor y pretende fomentar su uso entre los vecinos.
El Ayuntamiento de l’Alqueria de la Comtessa ha aprobado añadir nuevas bonificaciones al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y al Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO) de las placas fotovoltaicas para incentivar su uso. Por un lado, para el IBI se contempla una bonificación del 20% de la cuota íntegra del Impuesto destinadas a viviendas en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo. La aplicación de esta bonificación comprenderá, durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación. Se aplicará siempre que el total bonificado del IBI no supere el 50% del coste de la instalación fotovoltaica.
Por otro lado, para el ICIO se establece una bonificación del 50% a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de estas bonificaciones está condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
No se concederán las bonificaciones cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria en virtud de la normativa específica en la materia. Además, el cumplimiento de los requisitos para obtener las bonificaciones deberá justificarse en el momento de la solicitud con toda la documentación necesaria. "El objetivo es favorecer la situación económica de la gente del pueblo ante la subida de los precios e incentivar el uso de energías más sostenibles", apuntó el alcalde, Voro Femenía.
El Ayuntamiento de l’Alqueria de la Comtessa ha aprobado añadir nuevas bonificaciones al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y al Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO) de las placas fotovoltaicas para incentivar su uso. Por un lado, para el IBI se contempla una bonificación del 20% de la cuota íntegra del Impuesto destinadas a viviendas en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo. La aplicación de esta bonificación comprenderá, durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación. Se aplicará siempre que el total bonificado del IBI no supere el 50% del coste de la instalación fotovoltaica.
Por otro lado, para el ICIO se establece una bonificación del 50% a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de estas bonificaciones está condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
No se concederán las bonificaciones cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria en virtud de la normativa específica en la materia. Además, el cumplimiento de los requisitos para obtener las bonificaciones deberá justificarse en el momento de la solicitud con toda la documentación necesaria. "El objetivo es favorecer la situación económica de la gente del pueblo ante la subida de los precios e incentivar el uso de energías más sostenibles", apuntó el alcalde, Voro Femenía.










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