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Lunes, 26 de Octubre de 2020

Estado de alarma y prohibición de salir o reunirse de doce de la noche a seis de la mañana

El Gobierno central decretó el domingo medidas excepcionales para todo el país, aunque serán las comunidades autónomas las que gestionen estas limitaciones de movilidad y de contactos. El Consell se anticipó el sábado.

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El Consejo de Ministros, en su sesión extraordinaria del domingo pasado, aprobó a través de un Real Decreto la declaración del estado de alarma inicial de 15 días, extensible a 6 meses cuando el Gobierno realice la solicitud al Parlamento el próximo martes, para responder ante la situación de especial riesgo causada por el nuevo coronavirus. El plazo de 6 meses es el considerado necesario, en base a criterios científicos y recomendaciones de los expertos, para empezar a superar tanto la segunda ola actual de la pandemia como su etapa más dañina.

 

El estado de alarma se configura como la disposición legal que permite fijar limitaciones de movilidad y de contactos de tal modo que las Comunidades Autónomas que lo consideren necesario puedan aplicarlo con pleno amparo constitucional. Los presidentes autonómicos podrán decidir el nivel de aplicación de las medidas de este Decreto según su situación.

 

Se estable la prohibición general de la movilidad nocturna entre las 23 horas y las 6 de la mañana, pudiendo cada Comunidad Autónoma modular su inicio entre las 22:00 y las 00:00 horas y su fin entre las 5:00 y las 7:00 de la mañana. Su aplicación será para todo el país salvo la Comunidad Autónoma de Canarias, debido a que su mejor situación epidemiológica. En el caso de la Comunitat Valenciana, esta limitación será desde las 12 de la noche a las 6 de la mañana.

 

En ese periodo, solo será posible la circulación por causas justificadas como la adquisición de medicamentos, cumplimiento de obligaciones laborales, cuidado de mayores o menores de edad y regreso al domicilio.

 

Además, las Comunidades Autónomas podrán decidir limitar la entrada y salida de sus territorios, para todo el perímetro de la comunidad o para un ámbito inferior. La valenciana no va a hacer uso, por ahora, de esta prerrogativa. Igualmente, se limita la permanencia de personas en espacios públicos o privados a un máximo de 6 personas, salvo que se trate de convivientes.

 

Criterios de actuación

Las Comunidades Autónomas basarán sus actuaciones en base a los indicadores y criterios acordados el pasado jueves por el Consejo Interterritorial de Salud, relativos al número de infecciones, capacidad asistencial y de salud pública y también a las características y vulnerabilidad de la población. Según esos criterios se establecen cuatro niveles de riesgo para cada territorio: bajo, medio, alto o extremo. Los principales criterios son los siguientes:

 

En primer lugar, el número de casos detectados por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Una incidencia por debajo de 25 casos por 100.000 habitantes se considera de riesgo bajo; por encima de 25 se estima de riesgo medio. Una incidencia de 150 casos se considera de riesgo alto, y si la incidencia supera los 250 casos por cada 100.000 habitantes se considera de riesgo extremo.

 

Este indicador se completa con los niveles de incidencia de los últimos 7 días, la incidencia específica en los mayores de 65 años, que es el colectivo más vulnerable al Covid-19, el nivel de positividad de las pruebas que se realizan en todos y cada uno de los territorios y el porcentaje de casos con trazabilidad, es decir, que se conozca exactamente cuál es el origen de la infección.

 

En segundo lugar, el grado de ocupación de los servicios hospitalarios y las camas UCI. Se considerará riesgo muy alto si el número de camas ocupadas por pacientes de COVID-19 supera el 15% en hospitalización global y el 25% en el caso de las camas de UCI.

 

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, compareció el día anterior, sábado, para anunciar estas medidas excepcionales. En una declaración institucional desde el Palau de la Generalitat, advirtió que "el riesgo es innegable", por lo que "es urgente reforzar las medidas que frenen la propagación del virus y protejan la salud". En este momento, "perder tiempo significa perder vidas, empleos y bienestar", aseguró Ximo Puig.

 

"Es inaplazable evitar la concentración y deambulación de personas en la franja nocturna en que se producen botellones y fiestas privadas en domicilios particulares", señaló el jefe del Consell, ya que "dos de cada tres brotes tienen origen social con una gran incidencia del ocio nocturno no reglado".

 

Además, se limita a 6 personas el número máximo de miembros en una reunión de carácter familiar o social en espacios públicos y privados entre personas no convivientes.

 

Por otra parte, los jardines y zonas de esparcimiento al aire libre solo podrán estar abiertos desde las 8 de la mañana y hasta las 10 de la noche.

 

Con respecto a los establecimientos de hostelería y restauración, la resolución establece las siguientes medidas: el consumo será siempre en mesa, nunca en barra; las mesas serán de un máximo de 6 personas; y los establecimientos cerrarán a la medianoche. Asimismo, queda prohibida la venta de alcohol entre las 10 de la noche y las 8 de la mañana, excepto en hostelería y restauración.

 

La resolución incorpora, como recomendaciones, el aplazamiento de las actividades familiares o sociales que no sean imprescindibles, así como la limitación de la actividad social en las próximas semanas.

 

CONSULTA LA RESOLUCIÓN EN EL DOGV 

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